lunes, 14 de septiembre de 2020

¿Qué son las retenciones a la fuente?

 Hola Cont@migos, un abrazo lleno de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te ofrezco el siguiente tema.

¿Qué son las retenciones a la fuente?

Toda persona jurídica o persona natural obligada a llevar contabilidad que pague o acredite en cuenta cualquier tipo de ingreso que constituya renta gravada para quien los reciba, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta. Los agentes de retención están obligados a entregar el respectivo comprobante de retención, dentro del término no mayor de cinco días de recibido el comprobante de venta, a las personas a quienes deben efectuar la retención.

El impuesto retenido debe declararse y pagarse mensualmente por parte de los compradores de bienes o usuarios de servicios quienes asumen la función de “agentes de retención”.

Igualmente están obligados a proporcionar al SRI cualquier tipo de información vinculada con las transacciones por ellos efectuadas.

Agentes de retención

Son agentes de retención en la fuente todas las entidades jurídicas o privadas con o sin fines de lucro, las empresas o sociedades constituidas o, de hecho, y las personas naturales que ejerzan actividades empresariales y estén obligados a llevar Contabilidad.
Estos agentes tiene la obligación de retener un porcentaje sobre el pago o “crédito en cuenta” (cuentas por pagar). Una vez retenido el impuesto, es responsabilidad del agente, declararlo y pagarlo en el siguiente mes al de la retención; asimismo, los agentes de retención, en forma obligatoria deben entregar el comprobante de retención a la persona o entidad a las que tuvieron el impuesto.

Porcentajes de Retención

Los porcentajes y límites de retención fija anualmente la Administración Tributaria, así están vigentes los siguientes:

Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones de efectuar la retención, presentar la declaración de retenciones, depositar los valores retenidos y entregar los comprobantes en favor del retenido, será sancionado con las siguientes penas:

1.     De no efectuarse la retención, de hacerla en forma parcial o de no depositar los valores retenidos, el agente de retención será obligado a depositar en las entidades autorizadas para recaudar tributos el valor total de las retenciones que debiendo hacérselas no se efectuaron, o que realizadas no se depositaron, las multas e intereses de mora respectivos.

        2.       El retraso en la presentación de la declaración de retención será sancionado de conformidad con lo             previsto por la Ley Orgánica de Régimen Tributario. El retraso en la entrega de los tributos retenidos             dará lugar a la aplicación de los intereses correspondientes, sin perjuicio de las demás sanciones                    previstas en el Código Tributario.

        3.       La falta de entrega del comprobante de retención al contribuyente será sancionada con una multa                  equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de la retención, y en caso de reincidencia se                            considerará  como defraudación de acuerdo con lo previsto en el Código Tributario.

Fuente: https://www.sri.gob.ec/web/guest/retenciones-en-la-fuente

               https://www.derechoecuador.com/retencioacuten-en-la-fuente

Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana, Chao

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