Hola ContAmigos, un abrazo lleno
de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en
tus planes, si no, aquí esta tu contaAmiga para animarte, para el día de hoy te
ofrezco el siguiente tema.
¿Conoces la estructura de un rol de pagos?
Ingresos
- -
Jornada Nocturna: es aquella jornada que comprende desde las 19:00 pm hasta las 06:00 am
del día siguiente, tiene la misma duración y derecho a una remuneración diurna,
con un recargo del 25% del valor hora de trabajo.
Ejemplo 1: Al Sr. Pacheco hay que
cancelarle el sueldo del mes de mayo, su sueldo es de $566,71; trabajo los 30
días del mes y hay que adicionarle 3 horas nocturnas.
Nombre y Apellido |
Sueldo |
Días Trabajados |
Sueldo Mes |
Valor Recargo Nocturno (25%) |
Total Ingresos |
Sr. Pacheco |
566,71 |
30 |
566,71 |
8,85 |
|
¿Cómo
calcular las horas en jornada nocturna?
Primero tenemos que determinar el total de
horas de la jornada nocturna del mes, luego determinamos el valor del día
dividiendo el sueldo mes para 30 días que lleva el mes, sin importar que
el mes tenga 28, 29, 31 días, luego vamos a calcular el valor de la hora, una
vez obtenido el valor hora, multiplicamos por el porcentual de recargo (25%) y
vamos a calcular el valor total de horas en jornada nocturna.
Total de Horas jornada nocturna: 3
Valor sueldo día: 566,71/30 = 18,89
Valor hora: 18,89/8 = 2,36
Porcentual de Recargo: 2,36 x 0,25 = 0,59
Valor hora suplementaria: 2,36 + 0,59 = 2,95
Valor total de las horas jornada nocturna = 3 x 2,95 = 8,85
Ejemplo 2: Al Sr. Domínguez se le va a cancelar
el rol de pagos del mes de abril, con una remuneración mensual de 756,99,
trabaja en turno nocturno, y laboro el mes completo.
Nombre y Apellido |
Sueldo |
Días Trabajados |
Sueldo Mes |
Valor Recargo Nocturno (25%) |
Total Ingresos |
Sr. Domínguez |
756,99 |
30 |
756,99 |
189,25 |
946,24 |
Sueldo mes: 756,99
Porcentaje de recargo: 25%
Valor del recargo: 756,99 x 0,25 = 189,25
- - Comisiones:
es un valor que entrega el empleador al empleado/obrero por cumplir metas, comúnmente
este valor entrega a los vendedores o aquellos que realizan recuperación de
cartera por cumplir con los objetivos o metas designadas.
- - Bonos: son bonificaciones
que se entregan una sola vez al año, si es entregado una sola vez al año no
ingresa para el aporte al IESS.
- - Movilización:
es un beneficio no obligatorio para el empleado/ obrero que entrega el
empleador.
- - Alimentación:
tenemos este rubro cuando la empresa asume en un porcentaje la alimentación del
empleado, este beneficio no es obligatorio para el empleador.
Importante: Estos beneficios no pueden superar el 20% del
sueldo, ya sea de manera individual o la sumatoria de estos rubros, en caso de
superar, será considerado para el aporte al IESS.
- -
Fondos de Reserva: Este rubro se calcula a partir de que el empleado/obrero cumpla 1 año 1
día en la empresa, y el porcentaje de calculo es del 8,33% de los ingresos
aportados al IESS.
- -
Beneficios Sociales: Tenemos como beneficios sociales: décimo tercero, décimo cuarto.
Se ha mencionado anteriormente que tenemos
rubros que son aportables al IESS, como: sueldo mes, horas suplementarias,
extraordinarias, jornada nocturna, comisiones, bonos si el empleador entrega
más de un bono al año (mensual, bimensual, semestral, etc). Los no aportables
al IESS son: Bonos si son entregados una sola vez al año, movilización,
alimentación, fondos de reserva, beneficios sociales.
Y eso es todo mis contAmigos, recuerda que, si
no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre
contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que
pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un
abrazo de despedida, Soy Diana, tu contAmiga, y nos vemos el día de mañana,
Chao.
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