Hola Cont@migos, un abrazo lleno
de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en
tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te
ofrezco el siguiente tema.
¿QUÉ ES EL IMPUESTO A LA RENTA EN RELACIÓN DE
DEPENDENCIA?
Concepto:
Los ingresos obtenidos a título
gratuito o a título oneroso, tanto de fuente ecuatoriana como los obtenidos en
el exterior por personas naturales residentes en el país o por sociedades, se
registrarán por el precio del bien transferido o del servicio prestado o por
el valor bruto de los ingresos generados por rendimientos financieros o
inversiones en sociedades. En el caso de ingresos en especie o servicios, su
valor se determinará sobre la base del valor de mercado del bien o del servicio
recibido. La Administración Tributaria podrá establecer ajustes como resultado
de la aplicación de los principios del sistema de precios de transferencia
establecidos en la Ley de Régimen Tributario Interno, su reglamento de
aplicación y las resoluciones que se dicten para el efecto. Artículo 2 Ley Orgánica
de Régimen Tributario Interno en concordancia con el Artículo 1 del Reglamento
para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno.
Título gratuito: se da
cuando una sola de las partes procura a la otra una ventaja sin recibir cosa
alguna a cambio.
Título oneroso: es aquel
beneficio, pago, contra prestación que se genera de una relación
jurídica, es decir todo aquello que se gana por la prestación de un
servicio.
Es decir, los ingresos que el trabajador
recibe durante todo el año por parte del empleador, si superan los $11.315,00
anual, es decir mensual recibe más de $942,92; tendrán que realizar el calculo
de este impuesto a la renta, proyección de gastos personales y también el
empleador entregara el formulario 107 a sus trabajadores.
También el Impuesto a la Renta
las personas naturales que, además de registrar ingresos en relación de
dependencia, tienen ingresos de otras fuentes como: arriendo de inmuebles,
actividades empresariales, honorarios profesionales, rendimientos financieros,
etc; estos rubros deben incorporarse a los ingresos del trabajo en relación de
dependencia, aplicar deducciones de gastos personales y las deducciones
asociadas a sus fuentes de ingresos.
A continuación, la tabla del
Impuesto a la Renta para el año 2020, en el cual, de acuerdo a nuestros
ingresos anuales nos vamos a ir colocando.
En caso que nos encontremos en el
primer rango de la tabla del impuesto a la renta (0 – 11.315,00); el empleado
no debe pagar Impuesto a la Renta y el formulario 107 será considerado como
declaración; a partir del segundo rango y no registraron gastos personales, el
formulario 107 que el empleador debe entregar hasta el 31 de enero del período
siguiente, es considerado la declaración del Impuesto a la Renta.
Si la persona destinó a sus
gastos personales las cantidades exactas registradas en el formulario de
proyección de gastos personales, tampoco debe presentar la declaración del
Impuesto a la Renta. El formulario 107 es su declaración.
Formulario SRI – GP de proyección
de Gastos Personales
Para el cálculo de las
retenciones mensuales del Impuesto a la Renta, se considerarán los gastos
presentados al empleador mediante el formulario SRI – GP de proyección de
Gastos Personales.
Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si
no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre
contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que
pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un
abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana,
Chao.
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