Hola Cont@migos, un abrazo lleno
de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en
tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te
ofrezco el siguiente tema.
¿Cuáles
son las clases de transacciones comerciales?
1.-
Transacción de compra – venta al contado: En esta
transacción el vendedor entrega al comprador, en el momento de la transacción,
el valor del bien o servicio que recibe con base en el precio previamente
pactado. Este pago puede hacerlo mediante un cheque, dinero en efectivo o por
transacciones.
2.-
Transacción de Compra – Venta – Financiamiento con tarjeta de crédito:
En esta transacción el comprador utiliza la tarjeta crédito como medio de pago,
la misma que es tomada por el vendedor y previa autorización de una empresa
emisora de tarjetas de crédito, emite un Boucher que es entregado al cliente
como muestra de satisfacción de la transacción efectuada.
3.-
Transacción de compra – venta a crédito personal: En esta
transacción el comprador se compromete con el vendedor a cancelar el valor del
bien o servicio adquirido en un determinado tiempo. La característica de este
tipo de transacción es que el vendedor recibe una promesa de pago futuro. La
promesa de pago no está respaldada en documentos como letras de cambio, pagarés
y el pago puede acordarse en uno o varios abonos.
4.-
Transacciones de compra – venta a crédito documentado:
El comprador, en el momento de la transacción “cancela” el valor del bien o
servicio adquirido,
Aspectos
Comunes y relevantes de los comprobantes de ventas
Para las facturas, notas de venta, etc, es necesario
tomar en cuenta los siguientes aspectos comunes:
-
Acreditan la transferencia de bienes
o prestación de servicios.
-
Confirman la movilización de los
bienes cuando es realizada por los consumidores.
-
Sirven para sustentar costos, gastos,
y como en el caso de la factura, sustentan el crédito tributario.
-
La emisión de estos documentos por
parte del vendedor y la entrega a los clientes será simultánea con la recepción
del bien o del servicio. Para casos especiales, como venta por medios
electrónicos, con tarjetas de créditos o de servicios que se entregarán a
futuro, se emitirán al momento en que se reciba el dinero o se celebre el
contrato, lo que ocurra primero.
-
Cuando no se emitan o se emitan
irregularmente los documentos de venta, habrá lugar a sanciones que van desde
la clausura, el decomiso de bienes e incluso pueden llegar a prisión.
Reglas Generales para el archivo de los comprobantes de venta, guías de
remisión y comprobantes de retenciones:
Los
comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención
deberán conservarse durante un plazo mínimo de 7 años, de acuerdo con lo
establecido en el Código Orgánico Tributario respecto de los plazos de prescripción.
Los sujetos
pasivos que fueren autorizados a emitir e imprimir sus comprobantes de venta,
documentos complementarios o comprobantes de retención, por medios electrónicos
deberán mantener obligatoriamente el archivo magnético de todos esos documentos
en la forma que determine el SRI. Esta información estará disponible ante
cualquier requerimiento de la Administración Tributaria.
Autorización
de Comprobantes de Venta
El SRI
autoriza la impresión de facturas, notas de venta, retención en la fuente y
demás, para los siguientes plazos:
3 meses:
Cuando tiene pendiente alguna obligación tributaria. Este permiso se otorga una
sola vez, hasta que el contribuyente regularice su situación.
1 año:
Si el contribuyente está al día en sus obligaciones tributarias.
2 años:
En casos Especiales.
Negativa:
Cuando ya se le otorgó la autorización por 3 meses y no ha cumplido con sus
obligaciones tributarias pendientes o no se le ubica en el domicilio declarado
o su RUC se encuentra cancelado.
Referencia:
Pedro Zapata Sánchez: contabilidad Básica
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