lunes, 3 de agosto de 2020

¿Cuáles son las clases de transacciones comerciales?

Hola Cont@migos, un abrazo lleno de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te ofrezco el siguiente tema.

¿Cuáles son las clases de transacciones comerciales?

1.- Transacción de compra – venta al contado: En esta transacción el vendedor entrega al comprador, en el momento de la transacción, el valor del bien o servicio que recibe con base en el precio previamente pactado. Este pago puede hacerlo mediante un cheque, dinero en efectivo o por transacciones.

2.- Transacción de Compra – Venta – Financiamiento con tarjeta de crédito: En esta transacción el comprador utiliza la tarjeta crédito como medio de pago, la misma que es tomada por el vendedor y previa autorización de una empresa emisora de tarjetas de crédito, emite un Boucher que es entregado al cliente como muestra de satisfacción de la transacción efectuada.

3.- Transacción de compra – venta a crédito personal: En esta transacción el comprador se compromete con el vendedor a cancelar el valor del bien o servicio adquirido en un determinado tiempo. La característica de este tipo de transacción es que el vendedor recibe una promesa de pago futuro. La promesa de pago no está respaldada en documentos como letras de cambio, pagarés y el pago puede acordarse en uno o varios abonos.

4.- Transacciones de compra – venta a crédito documentado: El comprador, en el momento de la transacción “cancela” el valor del bien o servicio adquirido,

Aspectos Comunes y relevantes de los comprobantes de ventas

Para las facturas, notas de venta, etc, es necesario tomar en cuenta los siguientes aspectos comunes:

-          Acreditan la transferencia de bienes o prestación de servicios.

-          Confirman la movilización de los bienes cuando es realizada por los consumidores.

-          Sirven para sustentar costos, gastos, y como en el caso de la factura, sustentan el crédito tributario.

-          La emisión de estos documentos por parte del vendedor y la entrega a los clientes será simultánea con la recepción del bien o del servicio. Para casos especiales, como venta por medios electrónicos, con tarjetas de créditos o de servicios que se entregarán a futuro, se emitirán al momento en que se reciba el dinero o se celebre el contrato, lo que ocurra primero.

-          Cuando no se emitan o se emitan irregularmente los documentos de venta, habrá lugar a sanciones que van desde la clausura, el decomiso de bienes e incluso pueden llegar a prisión.

Reglas Generales para el archivo de los comprobantes de venta, guías de remisión y comprobantes de retenciones:

Los comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención deberán conservarse durante un plazo mínimo de 7 años, de acuerdo con lo establecido en el Código Orgánico Tributario respecto de los plazos de prescripción.

Los sujetos pasivos que fueren autorizados a emitir e imprimir sus comprobantes de venta, documentos complementarios o comprobantes de retención, por medios electrónicos deberán mantener obligatoriamente el archivo magnético de todos esos documentos en la forma que determine el SRI. Esta información estará disponible ante cualquier requerimiento de la Administración Tributaria.

Autorización de Comprobantes de Venta

El SRI autoriza la impresión de facturas, notas de venta, retención en la fuente y demás, para los siguientes plazos:

3 meses: Cuando tiene pendiente alguna obligación tributaria. Este permiso se otorga una sola vez, hasta que el contribuyente regularice su situación.

1 año: Si el contribuyente está al día en sus obligaciones tributarias.

2 años: En casos Especiales.

Negativa: Cuando ya se le otorgó la autorización por 3 meses y no ha cumplido con sus obligaciones tributarias pendientes o no se le ubica en el domicilio declarado o su RUC se encuentra cancelado.

Referencia: Pedro Zapata Sánchez: contabilidad Básica

Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana, Chao.

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