Hola Cont@migos, un abrazo lleno
de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en
tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te
ofrezco el siguiente tema.
¿Ley Humanitaria?
La Ley Humanitaria que se emitió en nuestro país, tiene algunas disposiciones
como en la educación:
En cuanto a las pensiones educativas, se otorgará rebajas de hasta
el 25% a los representantes de los alumnos
en los centros de desarrollo infantil, instituciones educativas
particulares, fiscomisionales y municipales del Sistema Nacional de Educación y
las instituciones del Sistema de Educación Superior, esta rebaja se otorgara de
acuerdo a la justificación que presenten demostrando haber perdido su empleo si
han disminuido los ingresos, si en un caso, el incumplimiento de pago es hasta
de 6 meses y las partes no llegan a un acuerdo para el pago, el Estado brindará
las facilidades para que se mantenga dentro del sistema educativo y garantizará
un cupo en una unidad educativa del sector público.
Inquilinato:
Mientras dure el tiempo de vigencia del estado de excepción y hasta
sesenta días después de su conclusión, no se podrá desalojar a los
arrendatarios de bienes inmuebles y para que los arrendatarios puedan acogerse
a esta suspensión temporal, deberá cancelar al menos el veinte por ciento (20%)
del valor de los cánones pendientes y en el caso de locales comerciales, que el
arrendatario demuestre que sus ingresos se han afectado en al menos un treinta
por ciento (30%) con relación al mes de febrero de 2020. Esta suspensión podrá
extenderse en caso de que arrendatario y arrendador acuerden por escrito un
plan de pagos sobre los valores adeudados.
Facilidad de pago IESS:
Las obligaciones con el IESS, generado en los meses de marzo,
abril, mayo y junio del año 2020, se podrán cancelar sin generación de
intereses, multas, ni recargos, asimismo no se generará responsabilidad
patronal, siempre y cuando las personas naturales que ejercen actividades
económicas, las micro y pequeñas empresas, se mantuvieron cerradas durante el
estado de excepción y no hayan podido realizar el pago.
Matriculación y revisión vehicular:
Se
suspende el cobro de multas e intereses de todos los procesos de matriculación
vehicular y revisión técnica mecánica generados durante la
vigencia del estado de excepción por calamidad pública. Al terminar el estado
de excepción o se den las condiciones adecuadas para restablecer el servicio,
la Agencia Nacional de Tránsito en coordinación con el Servicio de Rentas
Internas emitirán las disposiciones correspondientes para la reprogramación y/o
recalendarización de los cobros y procesos de matriculación y revisión técnica
mecánica.
Reprogramación
de pago de cuotas de seguros:
Durante
el período de vigencia del estado de excepción por calamidad pública las
empresas de seguros generales y seguros de vida reprogramarán el cobro de
cuotas mensuales de seguros. Las empresas de seguros generales reprogramarán el
cobro de cuotas en pólizas de fiel cumplimiento de contrato y buen uso del
anticipo dentro del Sistema Nacional de Contratación Pública. Una vez terminado
el estado de excepción por calamidad pública los valores reprogramados serán
pagados en cuotas prorrateadas durante la vigencia de la póliza de seguros
hasta máximo de 6 meses contados desde la fecha de terminación del estado de
excepción. La reprogramación que trata este artículo se aplicará a favor de las
personas naturales o jurídicas que se encuentren impedidas de efectuar sus
actividades o labores como consecuencia del estado de excepción por calamidad
pública, para lo cual, bastará únicamente la suscripción de una declaración que
en tal sentido lo realicen los usuarios de forma electrónica. La reprogramación
de pago de las cuotas de seguros no implicará la pérdida o suspensión de la
cobertura y beneficios a favor de los asegurados.
Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que,
si no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre
contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com
, te respondo lo más pronto que pueda, no olvides seguirme en mis redes
sociales facebook Conta Amiga, un abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga,
y nos vemos el día de mañana, Chao.
No hay comentarios:
Publicar un comentario