Hola Cont@migos, un abrazo lleno de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te ofrezco el siguiente tema.
¿QUÉ ES EL CRÉDITO TRIBUTARIO?
El crédito tributario es un saldo a favor del
contribuyente. Los contribuyentes deben entregar al Estado mediante la declaración,
el iva que han cobrado a sus clientes, esta declaración dará como resultado un
valor a pagar y para disminuir este valor nos servirá el iva pagado en las
compras siempre que guarden relación directa con la actividad económica, esto contribuirá
a que el valor a cancelar sea menos.
Se tendrá derecho a crédito
tributario por el IVA pagado en las adquisiciones locales o importaciones de
los bienes que pasen a formar parte de su activo fijo; o de los bienes, de las
materias primas o insumos y de los servicios gravados con este impuesto,
siempre que tales bienes y servicios se destinen únicamente a la producción y
comercialización de otros bienes y servicios gravados con este impuesto, que
podrá ser usado hasta en cinco (5) años contados desde la fecha de exigibilidad
de la declaración. Para tener derecho al crédito tributario el valor del
impuesto deberá constar por separado en los respectivos comprobantes de venta
por adquisiciones directas o que se hayan reembolsado, documentos de
importación y comprobantes de retención. Art. 66 Ley de Régimen Tributario
Interno
Ejemplo:
|
Subtotal |
IVA |
Ventas del mes |
350,00 |
42,00 |
(-) Compras del mes |
100,00 |
(-) 12,00 (crédito Tributario) |
Valor a Pagar |
|
30,00 |
Factor de Proporcionalidad (FP)
FP = (Ventas gravadas tarifa 12% que dan derecho a crédito tributario)/(Total de Ventas)
El factor de proporcionalidad (FP) es un valor
que sirve para calcular el valor del IVA pagado en las compras que se puede
restar del IVA cobrado en las ventas del período. Este porcentaje se calcula
sobre la base de las ventas, obteniéndose el siguiente resultado:
- ·Crédito tributario total: Los contribuyentes pueden utilizar todo el IVA pagado en compras como crédito tributario. Este caso corresponde a los contribuyentes que exclusivamente transfieren bienes/servicios gravados con tarifa 12% del IVA.
Ejemplo:
Contribuyente:
Sr. Alberto Monte |
|||
Ruc:
0134527819001 |
|||
Ventas 12% |
Compras |
||
|
Subtotal |
|
Subtotal |
Zapatos |
55,00 |
Compras
mensuales |
50,00 |
Vestidos |
70,00 |
Total |
50,00 |
Juego
de vasos |
25,00 |
|
|
Total |
150,00 |
|
|
FP = (55,00+70,00+25,00)/150,00
FP= 150,00/150,00 = 1
Crédito Tributario
IVA de Compras: 50 x 12% = 6
Crédito tributario = IVA compras x FP = 6 x 1 =
6
Liquidación de IVA: |
|
Iva
recibido en ventas |
18,00 |
(-)
IVA pagado en compras (crédito tributario) |
6,00 |
(=) IVA causado |
12,00 |
(-)
Crédito tributario del mes anterior |
0,00 |
(-)
Retenciones en la fuente del IVA que le han efectuado |
0,00 |
= VALOR A PAGAR |
12,00 |
- Crédito tributario cero: Los contribuyentes que exclusivamente transfieren bienes/servicios gravados con tarifa 0% del IVA y a quienes les retienen el 100% del IVA, no pueden utilizar el IVA pagado en compras como crédito tributario.
Ejemplo:
Contribuyente:
Sra. Sofia Peralta |
||||
Ruc:
0101729943001 |
||||
Ventas |
Compras |
|||
Descripción |
Subtotal 0% |
|
Subtotal 12% |
Subtotal 0% |
Medicamentos |
5,00 |
Compras
mensuales |
12,00 |
10,00 |
Hojas
de papel bond |
4,00 |
Total |
12,00 |
10,00 |
Arroba
de Azúcar |
12,00 |
|
|
|
Atún |
15,00 |
|
|
|
Total |
36,00 |
|
|
|
FP = (0,00)/(0,00 + 36,00)
FP= 0,00/36,00 = 0
Crédito Tributario
IVA de Compras: 12,00 x 12% = 1,44
Crédito tributario = IVA compras x FP = 1,44 x 0
= 0,00
Liquidación de IVA: |
|
Iva
recibido en ventas |
0,00 |
(-)
IVA pagado en compras (crédito tributario) |
0,00 |
(=) IVA causado |
0,00 |
(-)
Crédito tributario del mes anterior |
0,00 |
(-)
Retenciones en la fuente del IVA que le han efectuado |
0,00 |
= VALOR A PAGAR |
0,00 |
· Crédito tributario parcial: Los contribuyentes que transfieren
bienes/servicios con tarifa 0% y 12% del IVA solo pueden utilizar una porción
del IVA pagado en compras como crédito tributario.
Ejemplo:
Contribuyente:
Sra. Ana Martínez |
||||
Ruc:
0198216366001 |
||||
Ventas |
Compras |
|||
Descripción |
Subtotal 0% |
Subtotal 12% |
|
Subtotal |
Hojas
de papel bond |
4,00 |
|
Compras
mensuales |
25,00 |
Pliegos
Papel Periódico |
3,00 |
|
Total |
25,00 |
Mochila
escolar |
|
12,00 |
|
|
Uniforme
escolar |
|
24,00 |
|
|
Total |
7,00 |
36,00 |
|
|
FP = (12,00+24,00)/(7,00 + 36,00)
FP= 36,00/43,00
FP = 0,8372
Crédito Tributario
IVA de Compras: 25 x 12% = 3
Crédito tributario = IVA compras x FP = 3 x 0,8372
= 2,51
Liquidación de IVA: |
|
Iva
recibido en ventas |
4,32 |
(-)
IVA pagado en compras (crédito tributario) |
2,51 |
(=) IVA causado |
1,81 |
(-)
Crédito tributario del mes anterior |
0,00 |
(-)
Retenciones en la fuente del IVA que le han efectuado |
0,00 |
= VALOR A PAGAR |
1,81 |
Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana, Chao.
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