Hola Cont@migos, un abrazo lleno
de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en
tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te
ofrezco el siguiente tema.
¿En qué
consiste el Aviso de entrada y salida en el IESS?
Cuando un empleador contrata personal esta en
la obligación de afiliarles al IESS, esto se realiza a través del Aviso de
entrada, por el cual, después de tres meses de aportaciones el empleado/a podrá
acceder a todos los servicios que ofrece el IESS como atención médica, es importante
que los pagos de las aportaciones se encuentren al día para evitar suspensión de
los servicio de salud y cobro de multas por atrasos en el pago; al igual cuando
el empleado/a ya no preste servicios a la empresa, el empleador deberá realizar
el aviso de salida.
Aviso de
entrada
El empleador está obligado, bajo su
responsabilidad y sin necesidad de reconvención, a inscribir al trabajador o
servidor como afiliado del Seguro General Obligatorio desde el primer día de
labor y a remitir al IESS el aviso de entrada dentro de los primeros quince
días (15).
LEY DE
SEGURIDAD SOCIAL: Art. 73.- INSCRIPCION DEL AFILIADO Y PAGO DE APORTES.-
El empleador está obligado, bajo su responsabilidad y sin necesidad de
reconvención, a inscribir al trabajador o servidor como afiliado del Seguro
General Obligatorio desde el primer día de labor, y a remitir al IESS el aviso
de entrada dentro de los primeros quince (15) días, con excepción de los
empleadores del sector agrícola que están exentos de remitir los avisos de
entrada y de salida, acreditándose el tiempo de servicio de los trabajadores
únicamente con la planilla de remisión de aportes, sin perjuicio de la
obligación que tienen de certificar en el carné de afiliación al IESS, con su
firma y sello, la fecha de ingreso y salida del trabajador desde el primer día
de inicio de la relación laboral. El incumplimiento de esta obligación será
sancionado de conformidad con el Reglamento General de Responsabilidad
Patronal. El empleador dará aviso al IESS de la modificación del sueldo o
salario, la enfermedad, la separación del trabajador, u otra novedad relevante
para la historia laboral del asegurado, dentro del término de tres (3) días posteriores
a la ocurrencia del hecho. El IESS está obligado a entregar al afiliado una
tarjeta personalizada que acredite su incorporación al Seguro General
Obligatorio, dentro del plazo de treinta (30) días posteriores a la inscripción
a cargo del empleador
o a la fecha de aceptación de la solicitud de afiliación voluntaria. El
afiliado está obligado a exhibir su tarjeta personalizada para todo trámite o
solicitud de prestación ante el IESS o las administradoras de los seguros
sociales, y a presentarla al nuevo empleador para el reconocimiento de sus
derechos previsionales desde el momento de su ingreso. El empleador y el
afiliado voluntario están obligados, sin necesidad de reconvención previa, a
pagar las aportaciones del Seguro General Obligatorio dentro del plazo de
quince (15) días posteriores al mes que correspondan los aportes. En caso de
incumplimiento, serán sujetos de mora sin perjuicio de la responsabilidad
patronal a que hubiere lugar, con sujeción a esta Ley. En cada circunscripción
territorial, la Dirección Provincial del IESS está obligada a recaudar las
aportaciones al Seguro General Obligatorio, personales y patronales, que paguen
los afiliados y los empleadores, directamente o a través del sistema bancario.
Pasos para realizar el Aviso
de Entrada de un empleado/a:
·
Ingresar a la página www.iess.gob.ec.
·
Seleccionar la opción empleadores
/servicios en línea.
·
Aviso de entrada y salida
·
Ingresar al sistema con el número de cédula
y clave del empleador.
·
Seleccionar la opción registro de novedades
/ aviso de salida.
·
Ingresar número de cédula del afiliado.
·
Llenar los datos que solicita el sistema y
pulsar la opción ACEPTAR.
· Validar y enviar
Pasos para realizar el Aviso
de Salida de un empleado/a:
Es el proceso mediante el cuál el
empleador notifica al IESS que un trabajador a dejado de laborar para la
empresa, este aviso formará parte de la historial laboral del trabajador.
-
En el formulario, ingresamos al sistema con el
número de cédula y clave del empleador
-
Seleccionamos la opción registro de novedades/aviso
de salida
-
Ingresar el número de cédula del afiliado
-
Llenar los datos que requiere el sistema y
pulsamos la opción ACEPTAR
-
Luego, Validar y enviar
El IESS es el encargado de llevar el historial laboral,
así como la gestión integral de los servicios para sus afiliados y pensionistas.
El empleador dará aviso al IESS de la
separación del trabajador dentro del término de 3 días posterior a la
ocurrencia del hecho.
Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si
no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre
contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que
pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un
abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana,
Chao.
Con esta entrada queda claro que, el brindar trabajo no se resume a entregar un salario, se debe también legalizarlo mediante el IESS y que el empleado se beneficie de dicha afiliación.
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