martes, 9 de junio de 2020

¿Declaración y Pago al ICE a las fundas plásticas? ¿Conoces los nuevos porcentajes de Retención de Impuesto a la Renta?

Hola ContAmigos, un abrazo lleno de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en tus planes, si no, aquí esta tu contaAmiga para animarte, para el día de hoy te ofrezco el siguiente tema.

¿Declaración y Pago al ICE a las fundas plásticas?

De acuerdo a la Resolución del Servicio de Rentas Internas, que está vigente desde el 09 de mayo de 2020, consiste en el hecho de la entrega de fundas o bolsas plásticas tipo acarreo o camiseta por parte de los establecimientos de comercio que son las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, además de franquiciador y sus franquiciados, tales fundas son utilizadas para cargar o llevar los productos adquiridos en aquel establecimiento, cuando  entregan fundas plásticas al consumidor o adquiriente se le aplicará una tarifa, a continuación, detallada:

La tarifa esta detallada desde al año 2020 hasta el 2023, en la cual va incrementando años tras año, llegando a pagar en el año fiscal 2023, una tarifa de 0,10 ctvs.

Hay exoneración del ICE en los siguientes casos: las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agro industrial, de exportación, para productos congelados y las que contengan un mínimo de adición del del 50% de materia prima reciclada post consumo, así como las fundas utilizadas como empaques primarios.

El 50% de rebaja en la tarifa del ICE será aplicable para fundas biodegradables y compostables, incluido el plástico biobasado.

Para acceder ha este tipo de exoneración, los fabricantes e importadores deberán contar con la certificación de acuerdo a las definiciones, requisitos y condiciones que emita la entidad rectora en materia de producción, ambiente o industria. 

Para que no te demores encontrando la Resolución completa, te dejo el link, para que la puedas revisar: file:///C:/Users/Dell/Downloads/NAC-DGERCGC20-00000033.pdf

 

¿CONOCES LOS NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA?

Entre otras medidas que ha tomado el Estado para enfrentar la situación económica actual, debido a la emergencia sanitaria y a los bajos precios del petróleo, el Gobierno Nacional tomó decisiones para garantizar un adecuado flujo de recursos a la caja fiscal, en el campo tributario realizó el cambio de algunos porcentajes de retención del Impuesto a la Renta.

Este cambio porcentual no implica un incremento de este impuesto, porque los contribuyentes continuarán pagando el mismo valor del tributo y conforme lo que indica la normativa tributaria, la retención genera un crédito tributario aplicable en el cálculo del impuesto a pagar. Esta nueva resolución se publicada el 20 de marzo de 2020, y su aplicación se realiza desde el 1 de abril de 2020.

 

CONCEPTO

Porcentaje anterior

Nuevo Porcentaje

Adquisición de todo tipo de bienes muebles de naturaleza corporal.

1%

1,75%

Pagos o créditos en cuenta no contemplados en los porcentajes específicos de retención.

2%

2,75%

 

También desde el 1 de abril de 2020, están sujetos a una retención del Impuesto a la Renta un porcentaje similar al señalado para compra de bienes muebles:

CONCEPTO

Porcentaje anterior

Nuevo porcentaje

Actividades de construcción, urbanización, lotización o actividades similares.

1%

1,75%

Arriendo Mercantil

Servicios prestados por medios de comunicación y agencias de publicidad

Servicios de seguros y reaseguros.

1% sobre el 10% de la prima facturada o planillada.

1,75% sobre el 10% de la prima facturada o planillada.

 

AVISO IMPORTANTE: El porcentaje de retención por la compra de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuático, forestal y carnes en estado natural se mantiene en el 1%.

 

Y eso es todo mis contAmigos, recuerda que, si no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un abrazo de despedida, Soy Diana, tu contAmiga, y nos vemos el día de mañana, Chao.


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