Hola Cont@migos, un abrazo lleno
de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en
tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te
ofrezco el siguiente tema.
¿Cuáles son
los deberes formales que tenemos con el SRI?
Como sabemos el SRI presenta cinco deberes
formales a los contribuyentes, que son los siguientes:
PRIMER DEBER
FORMAL: debemos inscribir en los registros del SRI, proporcionando los datos de
actividad económico y comunicar oportunamente los cambios que se presentan,
todas las personas naturales y sociedades, nacionales y extranjeras, que
inicien o realicen actividades económicas en el país en forma permanente u
ocasional; este deber se cumple a través de obtener el RUC donde se proporciona
los datos mencionados anteriormente.
SEGUNDO DEBER
FORMAL: Emitir y
entregar comprobantes de venta autorizados, recordemos que los documentos
autorizados son aquellos que sustentan la transferencia de bienes y/o la
presentación de servicios o cualquier otra transacción gravada con tributos.
Estos documentos cuentan con autorización del SRI para ser emitidos.
Vigencia de los comprobantes de ventas:
TERCER DEBER FORMAL: Llevar los libros y
registros contables relacionados con mi actividad económica. Para cumplir con
este deber formal se puede utilizar un
cuaderno o elaborar el registro en su computador; adicionalmente recuerde que
debe archivar los comprobantes de venta relacionado con su actividad económica
por 7 años.
CUARTO DEBER
FORMAL: Presentar
las declaraciones y pagar los impuestos.
¿Qué declaraciones debe presentar?
IVA: Obligatoria en todos los casos
Impuesto a la renta (anual): Obligatoria solo
si supera la base exenta de ingresos de la tabla del impuesto que se fija
anualmente.
ICE (mensual): Solo en casos especiales.
Dependiendo de su actividad, se debe realizar
las declaraciones de IVA mensual o semestralmente.
Mensual: Venta de bienes y/o servicios gravados
con tarifa 12% del IVA.
Semestral: Venta de bienes y/o servicios gravados
exclusivamente con tarifa 0% del IVA.
Si le retienen el 100% del IVA. En este caso
deberá notificar previamente al SRI.
QUINTO DEBER
FORMAL: Acudir a las oficinas del Servicio de Rentas Internas cuando sea necesario.
Facilitar a los servidores autorizados, las inspecciones o verificaciones necesarias.
Presentar las declaraciones, informes, libros y documentos relacionados con sus
obligaciones tributarias como contribuyentes.
Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si
no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre
contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que
pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un
abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana,
Chao.
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