jueves, 16 de julio de 2020

¿Cuáles son los deberes formales que tenemos con el SRI?

Hola Cont@migos, un abrazo lleno de entusiasmo de tenerte aquí nuevamente, espero que estés teniendo éxito en tus planes, si no, aquí esta tu cont@miga para animarte, para el día de hoy te ofrezco el siguiente tema.

¿Cuáles son los deberes formales que tenemos con el SRI?

Como sabemos el SRI presenta cinco deberes formales a los contribuyentes, que son los siguientes:

PRIMER DEBER FORMAL: debemos inscribir en los registros del SRI, proporcionando los datos de actividad económico y comunicar oportunamente los cambios que se presentan, todas las personas naturales y sociedades, nacionales y extranjeras, que inicien o realicen actividades económicas en el país en forma permanente u ocasional; este deber se cumple a través de obtener el RUC donde se proporciona los datos mencionados anteriormente.

SEGUNDO DEBER FORMAL: Emitir y entregar comprobantes de venta autorizados, recordemos que los documentos autorizados son aquellos que sustentan la transferencia de bienes y/o la presentación de servicios o cualquier otra transacción gravada con tributos. Estos documentos cuentan con autorización del SRI para ser emitidos.

Vigencia de los comprobantes de ventas:

TERCER DEBER FORMAL: Llevar los libros y registros contables relacionados con mi actividad económica. Para cumplir con este deber  formal se puede utilizar un cuaderno o elaborar el registro en su computador; adicionalmente recuerde que debe archivar los comprobantes de venta relacionado con su actividad económica por 7 años.

CUARTO DEBER FORMAL: Presentar las declaraciones y pagar los impuestos.

¿Qué declaraciones debe presentar?

IVA: Obligatoria en todos los casos

Impuesto a la renta (anual): Obligatoria solo si supera la base exenta de ingresos de la tabla del impuesto que se fija anualmente.

ICE (mensual): Solo en casos especiales.

Dependiendo de su actividad, se debe realizar las declaraciones de IVA mensual o semestralmente.

Mensual: Venta de bienes y/o servicios gravados con tarifa 12% del IVA.

Semestral: Venta de bienes y/o servicios gravados exclusivamente con tarifa 0% del IVA.

Si le retienen el 100% del IVA. En este caso deberá notificar previamente al SRI.

QUINTO DEBER FORMAL: Acudir a las oficinas del Servicio de Rentas Internas cuando sea necesario. Facilitar a los servidores autorizados, las inspecciones o verificaciones necesarias. Presentar las declaraciones, informes, libros y documentos relacionados con sus obligaciones tributarias como contribuyentes.

Y eso es todo mis cont@migos, recuerda que, si no te quedo claro el tema de hoy, o tienes alguna duda general sobre contabilidad, puedes escribirme a mi mail, micontaamiga@gmail.com , te respondo lo más pronto que pueda, no olvides seguirme en mis redes sociales facebook Conta Amiga, un abrazo de despedida, Soy Diana, tu cont@miga, y nos vemos el día de mañana, Chao.


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